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Políticas de Tratamiento de Datos Personales

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, "Por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales" y de conformidad con lo señalado en el Decreto 1377 de 2013, con la firma de este documento manifiesto que he sido informado por el CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE CASTILLA de lo siguiente:

 

 

  1. DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES (HABEAS DATA): El derecho al HABEAS DATA es aquel que nos dicta las pautas para poder establecer las respectivas políticas que le asistirán y garantizarán que se está haciendo un correcto uso de los datos personales suministrados voluntariamente al CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE CASTILLA. Asimismo, Cuando estas bases de datos o archivos vayan a ser suministrados a terceros se deberá, de manera previa, informar al Titular y solicitar su autorización. En este caso los responsables y encargados de las bases de datos y archivos quedarán sujetos a las disposiciones de la Ley 1581 del 2012. Esto le permitirá desarrollar de manera óptima y segura el derecho constitucional que tiene usted de conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recolectado para las bases de datos correspondientes a la copropiedad.

 

  1. DATO PERSONAL: Por dato personal nos referimos a cualquier tipo de información con la que se puede identificar a una persona. Ejemplo: Nombre, dirección, número de teléfono, fotos, videograbaciones, grabaciones de voz, entre otros.

Teniendo en cuenta lo anterior es necesario que usted tenga presente que esta información solo podrá ser usada para los fines establecidos en este documento y acorde a las políticas establecidas y dictadas por la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, por lo que una vez sea recolectada su información será éste el ente encargado de vigilar a la copropiedad para que se cumplan dichas políticas de protección de datos y sancionar al Responsable y/o Encargado de las bases de datos en caso que éstas no sean cumplidas.

 

  1. RESPONSABLE DE BASE DATOS: El CONJUNTO RESIDENCIAL BOSQUES DE CASTILLA en cabeza del señor administrador ANGELO OBDULIO BRIJALDO JIMENEZ, identificado con la C.C. 79.583.583 actuará como responsable del Tratamiento de datos personales de los cuales soy titular y que, conjunta o separadamente podrá recolectar, usar y tratar mis datos personales conforme a los dispuesto a la Ley 1581 del 2012.

 

  1. ENCARGADO DE BASES DE DATOS: ENCARGADOS DE BASES DE DATOS: Entiéndase como ‘encargado’ a la persona que, en cumplimiento de sus labores con el conjunto, debe disponer de las bases de datos de la copropiedad.

 

  1. El conjunto Residencial Bosques de Castilla dentro de su grupo de trabajo en el área administrativa cuenta con el apoyo de Contador y Revisor Fiscal, quienes tendrán acceso a las bases de datos del conjunto con el fin de que puedan desarrollar de manera eficiente las actividades relevantes a la copropiedad. Por ningún motivo podrán sustraer los datos de dichas bases, ni tampoco podrán suministrarlos a terceros. Asimismo, se deja constancia que las bases de datos que tengan a su cargo serán entregadas de manera formal y mediante acta por el Responsable de las bases de datos y se encargará de velar por el correcto tratamiento de los datos personales, quien tomará las medidas correspondientes en caso de evidenciarse alguna mala práctica.

  2. La empresa de seguridad “SEGURIDAD MAGISTRAL” podrá manejar datos que tengan a su cargo, siempre y cuando estas bases de datos hayan sido suministradas por el ADMINISTRADOR y solo en los casos en los que se vea necesario el uso de datos de copropietarios y residentes con el fin de un correcto desempeño de las labores de seguridad. En ese orden de ideas, la empresa de seguridad podrá disponer de dichas bases, solo conforme a las Políticas de Protección de Datos establecidas en el conjunto y bajo la supervisión del Administrador. Por lo anterior, se informa que los datos suministrados directamente a la empresa de seguridad, como lo es en el caso de las minutas, serán responsabilidad de la empresa de seguridad, asegurando que estos datos sean protegidos mediante las políticas de Habeas Data adoptadas por ellos. En caso de falta se deberá informar al Administrador para tomar las medidas necesarias para resguardar y proteger el derecho del titular del dato.

  3. La información referente a estados de cuenta de copropietarios está protegida mediante Software Contable. Solo el Contador, revisor fiscal y el Responsable del tratamiento de datos tendrá acceso a dicha información

 

  1. USO DEL DATO: En concordancia a lo anterior, el Conjunto Residencial garantizará la confidencialidad, libertad, seguridad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida de mis datos, por lo que la única persona que tendrá acceso a esta base de datos será el Señor ANGELO BRIJALDO, en su calidad como administrador y responsable de dichas bases de datos, a excepción del personal de seguridad que podrá acceder a ellas según lo manifiesta el numeral 4° “ENCARGADO DE BASES DE DATOS”.

 

 

  1. DURACION DEL DATO: Teniendo en cuenta que dichos datos serán tomados para beneficio del conjunto y las personas que en el residen, se deja constancia que una vez el titular de los datos deje de residir dentro del conjunto, sus datos serán DEPURADOS de nuestras bases dentro de los treinta (30) días calendario siguientes o en su defecto a solicitud del titular.

 

  1. LOS DERECHOS QUE LE ASISTEN COMO TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES: El Titular de los datos personales tendrá los siguientes derechos:

 

  1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

  2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la presente ley Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen

  3. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

 

  1. POLITICAS DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES SISTEMA DE VIGILANCIA AUDIO- VIDEO: Considerando que tanto su voz como imagen en una grabación, son un medio de identificación, tenga en cuenta qué:

 

  1. REVISIÓN EN TIEMPO REAL: Tendrán acceso al circuito cerrado de televisión el Administrador, el presidente del consejo y la empresa de seguridad. La urbanización Bosques de Castilla cuenta con dos sistemas cerrados de televisión, uno se encuentra en la oficina de administración, siendo es el administrador y el presidente del consejo las personas autorizadas para acceder a ella; el otro se encuentra ubicado en portería, donde son los miembros de la empresa de seguridad los únicos que tienen autorización para revisar cámaras en tiempo real, esto con el fin de dar debido cumplimiento a su deber de vigilancia; por ningún motivo la empresa de seguridad podrá acceder sin autorización a las grabaciones de seguridad ni tampoco podrá suministrar copias de dichas grabaciones a residentes o propietarios.

 

  1. GRABACIONES DE SEGURIDAD: Sólo tendrá acceso a las grabaciones de seguridad el Administrador. tenga en cuenta que en caso de que algún propietario o residente necesite acceder a una grabación de seguridad, deberá realizar solicitud por escrito donde se especifique:

  • Datos del solicitante. (Nombre, cédula, apto y torre)

  • Causa o motivo justificado por el cual necesita acceder a las grabaciones de seguridad.

  • Hora, fecha y lugar en el cual se presenta el imprevisto o se ve necesario la revisión de las cámaras. (Ej: Vehículo rayado, imprevisto ocurrido entre las 02:00pm y las 03:30pm del 12 de marzo del 2021, el cual se encontraba ubicado en subsótano - parqueadero N°15)

IMPORTANTE: ESTA AUTORIZACIÓN PERMITE QUE USTED PUEDA HACER REVISIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD. POR NINGÚN MOTIVO SE HARÁ ENTREGA DE COPIAS DE DICHAS GRABACIONES DE SEGURIDAD A ALGÚN RESIDENTE O PROPIETARIO, CON EXCEPCIÓN DE UNA ORDEN JUDICIAL, CASO EN EL CUAL SE HARÁ BAJO SOLICITUD DEL ORGANO COMPETENTE Y BAJO TOTAL RESERVA.

 

  1. GRABACIONES EN VÍA PÚBLICA: Con el fin de garantizar la seguridad de los bienes y las personas pertenecientes a la copropiedad, se deja constancia que existen cámaras ubicados en puntos de acceso del conjunto y puntos más próximos. Para poder revisar las cámaras de seguridad encontradas en estos puntos, usted deberá hacer la solicitud ante el cuadrante de policía, teniendo en cuenta que dentro de estas grabaciones se encuentran imágenes de terceros y que a su vez se busca asegurar que la revisión de dichas grabaciones no se vaya a realizar por motivos diferentes a la seguridad.

 

  1. TRATAMIENTO DE GRABACIONES QUE INVOLUCREN MENORES DE EDAD: El conjunto residencial Oasis garantiza la seguridad y reserva de los datos personales de los menores. Por ende, sólo se podrán revisar grabaciones que involucren menores de edad en presencia y con previa autorización del acudiente o persona responsable del menor.

 

  1. DURACION DE LAS GRABACIONES: Teniendo en cuenta la programación designada para el sistema de cerrado de televisión, se informa que las grabaciones solo se guardan por 20 días calendario, después de esos 20 días la videograbación se borrará automáticamente.

 

  1. DISPOSICIONES PARA LAS GRABACIONES DE ASAMBLEA VIRTUAL: Teniendo en cuenta que, debido a la situación sanitaria del país, se ha visto necesario reglamentar el acceso a las grabaciones tomadas dentro del desarrollo de las asambleas virtuales. Como se mencionó en el punto 2 “dato personal”, las imágenes e incluso el tono de voz de una persona se consideran medios de identificación y es por eso que además de la persona RESPONSABLE DE LAS BASES DE DATOS, solo el comité verificador del acta podrá hacer revisión de estas grabaciones y se comprometerá a dar el correcto tratamiento a los datos ahí contenidos. Cabe agregar que, NO SE ENTREGARÁ A NINGUNA PERSONA COPIA DE EL VIDEO PRODUCTO DEL DESARROLLO DE LA ASAMBLEA VIRTUAL, el administrador podrá autorizar sólo la revisión de asamblea mediante audio. con el fin de garantizar que ningún tipo de dato que se encuentre contenido en estas grabaciones sea puesto en circulación. 

NOTA: EL COMITÉ VERIFICADOR DEL ACTA SE SOMETERÁ A LAS MISMAS REGLAS DE CUALQUIER ENCARGADO DE BASES DE DATOS.

 

  1. DEPURACION VIDEO DE ASAMBLEA: Frente a este punto se deja claridad que los videos tomados en asambleas ya sea virtual o presencial, reposaran a perpetuidad en los archivos del conjunto, ya que en estos videos y actas reposará información de suma importancia para el conjunto. Sin embargo, se deja claridad que ninguna persona además del responsable de las bases de datos podrá tener acceso a dichos archivos.

 

  1. CCTV - TORRE 3: Se deja constancia qué, mediante el Acta N°1 de la Asamblea General Ordinaria del 8 de abril del 2018, denominada “presentación y aprobación de proyectos”. En dicha Asamblea, se aprobó por unanimidad la instalación de un Circuito Cerrado de Televisión, el cual consta de 2 DVR’s y 24 cámaras, las cuales se encuentran ubicadas en las zonas comunes de la torre 3. A su vez, se asegura qué ninguna de estas cámaras se encuentra apuntando hacia alguna zona privada, puerta o ventana de algún residente. El dominio de este CCTV se encuentra en cabeza del Administrador. 

NOTA: LAS UNICAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA HACER REVISIÓN DE DICHAS CÁMARAS SON EL ADMINISTRADOR Y LA PERSONA QUE DESEMPEÑE LAS FUNCIONES DE PRESIDENTE DEL CONSEJO. PARA LA PROTECCIÓN DE LAS IMÁGENES TOMADAS POR EL CCTV DE LA TORRE 3, SE INFORMA QUE TENDRÁN EL MISMO TRATAMIENTOS Y LOS MISMOS PROCEDIMIENTOS QUE EL RESTO DE GRABACIONES TOMADAS POR LAS CÁMARAS DEL CONJUNTO. EN CASO DE TENER DUDAS SOBRE ESTAS DISPOSICIONES, REVISAR PUNTOS: “8.2. GRABACIONES DE SEGURIDAD”, “8.4. TRATAMIENTO DE GRABACIONES QUE INVOLUCREN MENORES DE EDAD” Y “8.5. DURACION DE LAS GRABACIONES:”

  1. DATOS DE VISITANTES:

 

  1. GRABACIONES DE VISITANTES: Ya que las grabaciones de seguridad son un medio necesario para salvaguardar los derechos que asisten a propietarios y residentes, es necesario informar que en el momento en que una persona externa al conjunto ingresa, estará siendo debidamente grabada y monitoreada por temas de seguridad, por lo cual también estarán acobijados por las políticas de Habeas Data establecidas por el conjunto.

 

  1. DATOS SUMINISTRADOS: Por otro lado, tenga en cuenta que al momento en que una persona externa al conjunto (visitante, domiciliario, técnicos, entre otros) ingrese al conjunto, deberá aportar datos como: nombre, cedula, casa a la que se dirige y el motivo de su visita, en caso de no ser un visitante deberá suministrar datos de la empresa en la que desempeña sus funciones. Esto, con el fin de garantizar a la comunidad de la copropiedad que en caso de que se presente algún inconveniente, el conjunto pueda garantizar un procedimiento eficaz para subsanar lo ocurrido. A su vez, esto garantiza que solo personas autorizadas por un propietario o residente, puedan ingresar al conjunto.

 

  1. MINUTA DE VISITANTES: Tenga en cuenta que, todos los datos ingresados en la minuta de visitantes, se dispondrán a las reglas y procedimientos establecidos por la empresa de seguridad. La copia de la política se Habeas Data promovida por la empresa de seguridad reposará en la administración para que pueda ser revisada por el titular de los datos acobijados por ella.

 

  1. ACTUALIZACION Y CORRECCION DE DATOS: Frente a los derechos que le asisten como titular del dato, se encuentra el derecho a corregir y actualizar sus datos con el fin de minimizar el margen de error. Tenga en cuenta que los datos suministrados por usted permiten que la propiedad pueda garantizarle otros derechos como lo es la seguridad, la protección, el derecho a estar informado de todo lo que pasa en el conjunto por el medio idóneo (correo electrónico), entre otros derechos que le asisten.

 

  1. PROCEDIMIENDO ESTABLECIDO POR LA COPROPIEDAD PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS: El conjunto Bosques de Castilla cuenta con sitio Web con el fin de facilitar este procedimiento:

- Ingrese a la página www.conjuntobosquesdecastilla.com

- En la esquina superior derecha encontrará una pestaña que dice “actualización de

datos”, de click ahí.

  • Le saldrán los espacios para rellenar sus datos, una vez realizado dar click en“Next”

  • Se actualizará la página y una vez se terminen de llenar los datos, encontrará un aviso de privacidad y un enlace con las políticas de datos adoptadas por la copropiedad.

  • Una vez leídas y comprendidas estas políticas dar click en “acepto” para terminar completar el procedimiento.

  • Los datos suministrados en este procedimiento llegaran al correo electrónico del conjunto y posteriormente serán tomados en cuenta para el Registro Nacional de

Base de Datos.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA REVISAR Y CORREGIR DATOS: Teniendo en cuenta que la única persona autorizada para acceder a las bases de la copropiedad y con el fin de asegurar que no intervengan terceros en los procesos de actualización, se informa que este procedimiento será de la siguiente manera:

  • Se deberá enviar solicitud de revisión y actualización de datos al correo: admonbosquesdecastilla@gmail.com especificando su torre y apto.

  • Se le hará contestación indicando fecha y hora en la que podrá acudir a la oficina de administración para realizar dicho procedimiento

  • Usted estará presente en la actualización de datos con el fin de que usted pueda verificar que sean correctos y asimismo verificar que se esté cumpliendo el procedimiento establecido.

 

  1. DEPURACIÓN DE DATOS: Si usted desea que sus datos sean eliminados de las bases de datos del conjunto, deberá realizar dicha solicitud al correo admonbosquesdecastilla@gmail.com , donde deberá exponer el motivo por el cual desea depurar los datos. El solicitar la eliminación de los datos es un derecho que usted tiene como titular, por lo que el solicitarle a usted que nos sea informado el motivo de la depuración es para llevar un correcto registro del suceso, ya que al eliminar sus datos del conjunto se estaría exponiendo a no poder tener información relevante del conjunto, de asambleas o sucesos de importancia, además que estos datos también son una herramienta útil para garantizar su derecho a la seguridad, a la protección y ser informado de todo lo que pase con respecto a su lugar de vivienda. En caso de que el motivo de la solicitud de depuración de datos sea trasteo, tenga en cuenta que de igual manera el conjunto residencial Oasis l eliminará dichos datos con un plazo de 30 días calendario para poder verificar cualquier situación relacionada al inmueble entregado.

 

  1. TRATAMIENTO DE DATOS DE MENORES DE 14 AÑOS: Por ningún motivo el conjunto residencial Bosques de Castilla, registrará en sus bases de datos información que pertenezca a menores de 14 años, entendiendo que son datos de extrema sensibilidad por su condición de vulnerabilidad. Por esto mismo, solo se llevará REFERENCIA de cuantos menores residen en una casa y únicamente se recepcionarán datos de su representante legal o acudiente, en caso de presentarse algún inconveniente relacionado con un menor, el conjunto a través de sus Encargados, se comunicará con el respectivo acudiente o representante legal para poder subsanar cualquier situación presentada.

 

  1. DEFINICIONES: Para un mayor entendimiento del presente documento, es de saber qué:

 

  1. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales;

  2. Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento;

  3. Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;

 

  1. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;

  1. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;

  2. Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;

  3. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. 

 

13.CATEGORIAS DE DATOS:

 

13.1 DATOS PERSONALES: Por esto, nos referimos a toda aquella información asociada a una persona y a todo medio que permite su identificación. Por ejemplo, su documento de identidad, el lugar de nacimiento, estado civil, edad, lugar de residencia, trayectoria académica, laboral, o profesional, grabaciones de video, imágenes, grabaciones de voz, entre otros.

 

  1. DATOS PUBLICOS: son todos aquellos datos que conciernen a un interés general, tales como los documentos públicos, sentencias judiciales, los relativos al estado civil de las personas, entre otros. 

 

NOTA: SU NUMERO DE CEDULA A PESAR DE SER UN MEDIO DE RECONOCIMIENTO Y ESTAR ENCASILLADO DENTRO DE LO QUE SON DATOS PERSONALES, ES DE ACLARAR QUE SEGÚN EL USO QUE SE LE DE A ESTE DATO PUEDE PASAR DE SER UN DATO PERSONAL A UN DATO PÚBLICO.

 

DATOS SENSIBLES: Son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como el origen racial o étnico, el estado de salud, la información genética, las creencias religiosas, filosóficas y morales, la afiliación sindical, las opiniones políticas y las preferencias sexuales.

 

  1. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES: La ley 1581 del 2012 prohíbe el tratamiento de todos los datos sensibles, a excepción de:

    1. El Titular haya dado su autorización explícita a dicho Tratamiento, salvo en los casos que por ley no sea requerido el otorgamiento de dicha autorización;

    2. El Tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del Titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deberán otorgar su autorización;

    3. El Tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad. En estos eventos, los datos no se podrán suministrar a terceros sin la autorización del Titular;

    4. El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial;

    5. El Tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los Titulares. 

 

NOTA: POR NINGUN MOTIVO EL CONJUNTO RESIDENCIAL OASIS I RECEPCIONARÁ DATOS QUE SEAN SENSIBLES, SIN EMBARGO, TENIENDO EN CUENTA QUE ESTA POLÍTICA DE HABEAS DATA ES PROMOVIDA EN MEDIO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19, SE HACE SALVEDAD ACERCA DE LOS PUNTOS “13.4.1.” Y “13.4.2.”, YA QUE CON EL FIN DEHACER UN CORRECTO SEGUIMIENTO DEL VIRUS DENTRO DE LA COPROPIEDAD SE HACE NECESARIO MANEJAR ESTE TIPO DE DATOS SENSIBLES, ASIMISMO SE DEJA CONSTANCIA QUE PARA QUE ESTOS PUEDAN SER MANEJADOS POR LA COPROPIEDAD DEBE EXISTIR AUTORIZACIÓN ESCRITA POR PARTE DEL TITULAR DEL DATO O REPRESENTANTE LEGAL.

NOTA 2: POR OTRO LADO, SI EL TITULAR DEL DATO O REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZA, SE LLEVARÁ REFERENCIA DE MIEMBROS DEL CONJUNTO QUE POSEAN ALGUNA DISCAPACIDAD QUE NECESITE DEL CONSTANTE APOYO DE PERSONAL DE SEGURIDAD U OTRA DISPOSICIÓN QUE SE VEA NECESARIA PARA EL CORRECTO DESARROLLO DE SUS DERECHOS COMO MIEMBRO DEL CONJUNTO PROTEGIENDO A SU VEZ SU DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DIGNIDAD HUMANA, IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION.

 

  1. CASOS EN LOS QUE NO SE NECESITA AUTORIZACIÓN DEL TITULAR PARA EL MANEJO DE DATOS:

 

  1. Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;

  2. Datos de naturaleza pública;

  3. Casos de urgencia médica o sanitaria;

  4. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos 

 

15.DATOS DE INTERES:

 

  1. TARJETA O TOKEN DE INGRESO: Con el fin de que ninguna persona ajena al conjunto ingrese, el Conjunto Bosques de Castilla cuenta con sistema de ingreso mediante tarjeta. Tenga en cuenta que los datos suministrados al momento de adquirir un token o tarjeta, quedarán almacenados en un software, el cual se encuentra debidamente protegido para evitar que su información sea filtrada.

  2. La persona responsable de las bases de datos y representante legal es el señor ANGELO OBDULIO BRIJALDO identificado con la C.C. 79.183.582.

  3. En caso de necesitar alguna aclaración con respecto a la política de datos personales,             podrá              comunicarse              al              correo            electrónico admonbosquesdecastilla@gmail.com o al número: 320 7940

  4. Todo Encargado de Bases de Datos estará debidamente capacitado por la administración y deberá firmar documento donde se compromete al correcto uso de sus datos personales. En caso de evidenciar alguna mala práctica usted será informado de manera inmediata con el fin de que usted como titular del dato pueda tomar medidas necesarias para la protección del mismo. A su vez, en caso de evidenciar usted alguna mala práctica, podrá comunicarse al correo y números descritos en el inciso anterior, comunicando el inconveniente presentado para de igual manera adelantar el respectivo procedimiento.  

 

NOTA IMPORTANTE: EN CASO DE QUE HAYA CAMBIOS EN CUANTO AL RESPONSABLE DE BASES DE DATOS, SE DEJA CONSTANCIA QUE QUIEN VAYA A FUNGIR COMO NUEVO RESPONSABLE DEBERÁ REALIZAR LOS CAMBIOS CORRESPONDIENTES EN EL PRESENTE DOCUMENTO. PARA REALIZAR DICHOS CAMBIOS SOLO DEBERÁ TENER EN CUENTA LOS PUNTOS QUE SE ENCUENTRAN EN “NEGRILLA” Y REALIZAR EL AJUSTE DONDE SEA NECESARIO. ASIMISMO, TENER EN CUENTA EL PUNTO N°4 “ENCARGADOS DE BASES DEDATOS” EN CASO” DE QUE HAYA CAMBIOS SUSTANCIALES FRENTE A LOS ENCARGADOS DE DATOS (EJ.: CAMBIO DE EMPRESA DE SEGURIDAD)

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